Fuiste a reclamar el medicamento y te dijeron que no había, o te entregaron solo una parte. Tiene salida. Esta guía resume qué dice la norma y a quién acudir, en orden.
- Plazo
- Lo que quedó pendiente de un medicamento del plan de beneficios se debe entregar en máximo 48 horas.
- Norma
- Resolución 1604 de 2013 del Ministerio de Salud
- Primero
- Reclamo ante tu EPS
- Si no responde
- Queja ante la Superintendencia de Salud
- Si tu salud corre riesgo
- Acción de tutela
1. Que quede constancia del pendiente
Antes de salir de la farmacia, pide que te dejen por escrito qué medicamento quedó pendiente y cuánto faltó. Toma foto de la fórmula y de esa constancia. Con eso empiezan a correr las 48 horas y tienes con qué reclamar si no cumplen.
2. Cuenta las 48 horas
La Superintendencia de Salud recuerda que, cuando un medicamento del plan de beneficios se entrega incompleto, el faltante se debe entregar en un plazo máximo de 48 horas. La obligación es de la EPS, aunque la entrega la haga un gestor farmacéutico o una droguería contratada.
3. Reclama ante tu EPS
Si pasan las 48 horas y no te llaman, reclama por los canales de tu EPS: línea de atención, página web, aplicación u oficina. Pide siempre el número de radicado y guárdalo.
La Superintendencia fijó plazos para que las EPS respondan los reclamos según el riesgo para el paciente:
- Riesgo vital: máximo 24 horas.
- Riesgo priorizado: máximo 48 horas.
- Riesgo simple: máximo 72 horas.
4. Si la EPS no responde, acude a la Superintendencia de Salud
Con el radicado de la EPS en la mano, pon la queja ante la Supersalud. Los canales oficiales son:
- Formulario web: supersalud.gov.co, sección PQRD.
- Línea gratuita nacional: 01 8000 513 700.
- Conmutador en Bogotá: 601 744 2000.
- Chat, llamada en línea y videollamada: en la página de canales de atención.
- Presencial: Carrera 13 n.º 28-08, locales 21 y 22, Bogotá, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. La Supersalud también tiene puntos de atención en otras ciudades.
5. Si tu salud está en riesgo, la tutela
Si el medicamento es necesario y la demora pone en riesgo tu salud o tu vida, puedes presentar una acción de tutela. No necesitas abogado y la puedes presentar ante cualquier juez. La ley le da al juez diez días para decidir, y si el caso es urgente puede ordenar una medida provisional mientras tanto. Adjunta la fórmula, la constancia del pendiente y los radicados de tus reclamos.
Qué tener a mano
- Documento de identidad del paciente.
- La fórmula médica (y, si el medicamento no está en el plan de beneficios, la prescripción hecha en MIPRES).
- La constancia del pendiente con la fecha.
- Los números de radicado de cada reclamo.
Por qué importa: con un medicamento pendiente, el tiempo cuenta. Conocer el plazo y guardar cada radicado hace que el reclamo avance y que, si toca llegar a la tutela, el juez tenga pruebas.
Esta guía es información general. No reemplaza la asesoría de un abogado ni la orientación de la Superintendencia de Salud en tu caso particular.
Fuentes: Supersalud: preguntas frecuentes Resolución 1604 de 2013 (MinSalud) El Espectador
Foto: Towfiqu barbhuiya / Unsplash. Imagen de referencia.
